• Accidentes de Transito
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¿A qué se refiere un Tercero?
Significa él ó los terceros a los que hemos damnificados o los que nos han damnificado.
¿Qué significa un "Reclamo de Terceros"?
Un reclamo de terceros es el reclamo que se hace a la compañía de seguros de quien nos ha damnificado en un Accidente de Tránsito.
¿Se puede reclamar teniendo solo el número de patente del vehículo que produjo el siniestro?
Si, con tener el dominio (patente) basta para obtener todos los datos del vehículo.
¿Que plazo tiene normalmente el damnificado para denunciar en su Compañía de Seguros la ocurrencia del siniestro?; ¿debe realizarse a pesar de no haber sufrido daños?
Las Aseguradoras establecen un plazo breve para efectuar la denuncia, que en la mayoría de los casos no supera las 72hs. hábiles de la fecha del siniestro, constituyendo una obligación a cargo del asegurado contenida en el Contrato de Seguro. La denuncia debe realizarse siempre, aunque no se hayan sufrido daños, ya que con la misma se notifica a la Compañía de la existencia del hecho y se la convoca en su carácter de citada en garantía frente a cualquier contingencia que pudiera presentarse.
¿Qué plazo tiene normalmente el damnificado para realizar la denuncia policial si hubo lesiones físicas?
Desde el momento del siniestro tiene dos años para realizar la denuncia policial. (Si fuera transporte público el plazo de prescripción se reduce a un año)

LOS CAMBIOS EN RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION
A PARTIR DEL 01 DE AGOSTO DEL 2016, EL PLAZO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION EN ACCIDENTES ES DE 3 AÑOS.

El nuevo Código tiene como fin la protección de la “persona”, a diferencia del Código Civil de Vélez Sarsfield basado en una fuerte focalización en los bienes.
Se unificaron las consecuencias jurídicas de los actuales regímenes de responsabilidad civil extracontractual y contractual, igualándose, entre otros efectos, los plazos de prescripción de la acción por daños en ambos en tres años, incrementándose así en un año el plazo actual de dos años, por ejemplo para accidentes de tránsito, y reduciéndose a tres años el plazo de diez años de la responsabilidad civil contractual, por ejemplo para accidentes sufridos por espectadores de espectáculos deportivos.
¿Qué sucede si el damnificado posee la licencia de conducir ó registro vencido en el momento de haber tenido un accidente de tránsito?
La sola circunstancia de no poseer registro habilitante para conducir, no es de por sí determinante de la responsabilidad en el evento, debiendo evaluarse ésta con otras circunstancias de la causa para determinar la conducta reprochable de los partícipes del hecho, ello en virtud de que la carencia del registro habilitante constituye una contravención y no impide dicha circunstancia ejercer los reclamos civiles correspondientes. 
¿Cómo puedo saber si tengo incapacidad?
El conocimiento preciso del grado de incapacidad que se padece resulta determinante para cuantificar económicamente el reclamo.
El Estudio cuenta con médicos legistas que evaluarán la magnitud del daño y realizarán el correspondiente dictamen. 
¿Cómo sé si el demandado pagará?
Si bien no se puede determinar "a priori" Antes del inicio de la acción evaluamos la solvencia económica del demandado, su compañía de seguros, a efectos de evitar sentencias incobrables que generen un mayor desgaste al damnificado y no logran resultados concretos en el plano económico. 
¿Puede interponerse un reclamo en caso de que no se hayan padecido lesiones severas?
Es frecuente en un Accidente de Tránsito que la víctima sufra golpes o fuertes contracturas cervicales que si bien no constituyen lesiones severas son igualmente indemnizables. Es por ello que si usted protagoniza un accidente y a simple vista pareciera que no ha sufrido lesiones de gravedad igualmente usted debe concurrir al hospital más cercano a efectos de que le efectúen los chequeos de rigor. Recuerde solicitar siempre su constancia de ingreso y llevarse consigo toda la documentación médica pertinente, placas, diagnóstico, recetas, etc. 
¿QUÉ PASA SI PIERDO EL JUICIO? ¿TENGO QUE PAGAR YO?
No, si se inicia “Beneficio de Litigar sin gastos” a fin de probar con testigos que la situación económica de quien lo inicia no permite abonar los costos y costas del juicio (gastos, tasa de justicia, honorarios de abogados de la contraparte y honorarios que se generen de los peritos que intervengan.)
Denuncia policial: Realizar la denuncia policial, en caso de haber  obtenido lesiones físicas como consecuencia del accidente de tránsito, en la comisaría que tenga jurisdicción en el lugar del accidente.
Denuncia administrativa en su aseguradora: Realizarla dentro de las 72 Hs. hábiles desde el momento del accidente. Este paso consiste en que Ud. deberá presentarse en su aseguradora, le describa los hechos para que puedan responder en caso de necesitar cubrir daños que Ud. haya provocado. Siempre debe realizar la denuncia administrativa en su compañía por más insignificante que sea el accidente. Recuerde que es por su bien y seguridad.
Certificado de cobertura: Debe pedirlo en su compañía de seguros. Es un certificado que brinda información del tipo y plazo de cobertura a titulo informativo. No posee  importancia si ya paso demasiado tiempo y ud. no tiene mas ese seguro, debe pedirlo igualmente a la compañía en la cual estaba asegurado al momento del accidente. Si no tenía seguro al momento del accidente, no es relevante.
Fotografías: Es importante que al tener un accidente de tránsito saque fotos del vehículo propio y del otro/s, donde se aprecien los daños y las patentes. También es muy útil sacar fotos del lugar del accidente.
Datos: Recuerde que debe tener la mayor cantidad de datos de todos los involucrados para ubicarlos posteriormente y poder cobrar los daños provocados a su vehículo. (Ver documentación)
Reparación del vehículo: Es conveniente no reparar el vehículo hasta no tomar una decisión firme. Puede ser útil el vehículo sin reparar para una previa inspección. Para repararlo deberá previamente sacarle fotos.
Lesiones: Guarde todo tipo de información relacionado con los lugares de atención a los que concurrió y tratamientos médicos que pudiere haber realizado.
Lesiones: Conserve todo tipo de información relacionado con los lugares de atención a los que concurrió y tratamientos médicos que pudiere haber realizado.
Testigos: En este tipo de accidentes es importante lograr obtener datos de los testigos del accidente.
Datos del vehículo: Si bien con tener los datos de la patente es posible saber todo sobre el dueño del vehículo, también es importante saber quien se encontraba conduciendo al momento del accidente, es por eso que conviene tener la mayor cantidad de datos posible. (Línea, nº interno, patente, y todo lo posible)
 
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